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2010/08/20

EDH-La seguridad jurídica

 Manuel Hinds.20 de Agosto. Tomado de El Diario de Hoy.

Pocas gentes, excepto los interesados en el tema, saben del papel fundamental que jugó John Marshall, cuarto Presidente de la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos, en interpretar el significado de la Constitución y, a través de esto, en definir la democracia norteamericana y el curso histórico de ese país. Nombrado por el Presidente John Adams en 1801, Marshall sirvió 35 años en su puesto, abarcando los mandatos de cinco otros presidentes:Thomas Jefferson, James Madison, James Monroe, John Quincy Adams y Andrew Jackson.

Cuando Estados Unidos nació, la tradición constitucional británica mantenía que la Constitución era un instrumento político, que el Parlamento definía e interpretaba. En el caso de Marbury contra Madison, Marshall estableció firmemente que la Constitución es una ley y que por tanto su interpretación está dentro de la jurisdicción de la Corte Suprema, estableciendo así una doctrina que renovó el derecho constitucional no sólo en Estados Unidos sino en el mundo entero, incluyendo El Salvador.

Con esa decisión, Marshall se convirtió en el padre de la seguridad jurídica moderna, algo que va por encima del imperio de la ley, ya que juzga incluso a las leyes mismas para determinar si éstas respetan los derechos sagrados incluidos en la Constitución. Esto, y no otra cosa, es la base del espíritu de la democracia norteamericana —el respeto a los derechos individuales—, porque asegura que a ninguna persona le pueden violar estos derechos, aunque la legislatura entera quiera violárselos.

En el caso Darmouth la Corte de Marshall estableció otros grandes principios de la seguridad jurídica: la santidad de los contratos y los derechos de las instituciones creadas por privados. Darmouth, una de las instituciones educativas más prestigiosas del país, había sido incorporada en 1769 como una institución privada de educación. En 1816 la legislatura pasó una ley por la que cambió el Acta de Constitución de la universidad para ponerla bajo el control de una junta nombrada por el gobierno. Marshall declaró inconstitucional esta ley, estableciendo que el Acta de Constitución de Darmouth era un contrato libremente acordado entre privados, y que por tanto no podía ser violado por nadie, incluyendo la legislatura.

Esto no sólo afirmó que no pueden ser violados los contratos, sino también aseguró que las corporaciones tenían derechos traspasados por sus fundadores. Eso dio la base jurídica para el desarrollo de las corporaciones, unidad fundamental de la economía norteamericana.

En Gibbons contra Ogden, la Corte terminó con los intentos de restringir la competencia económica. Para estimular la invención, el Estado de Nueva York había dado en 1808 un monopolio a la empresa de Robert Fulton (el inventor del barco de vapor) para explotar el tráfico pluvial en el Estado. Otros estados comenzaron a hacer lo mismo, cobrando por los monopolios. La Corte declaró inconstitucional la acción del Estado de Nueva York. No sólo todas la vías acuáticas de los Estados Unidos se abrieron a la competencia. La competencia se volvió la esencia de la economía norteamericana.

Respeto a los derechos individuales, santidad de los contratos y el derecho a competir son tres de las características fundamentales de los Estados Unidos. No fueron definidas política sino jurídicamente, con base en los principios torales contenidos en la Constitución del país.

La consecuencia más grande de esta seguridad jurídica ha sido el clima de libertades en el que los norteamericanos han podido perseguir, como dice su Constitución, su propia felicidad. Otra consecuencia, también importante, ha sido el tremendo éxito económico que han tenido en sus actividades económicas. El saber que los derechos se respetan independientemente de quien los reclama, es el incentivo más grande que puede existir para las inversiones de largo plazo, que son esenciales para el desarrollo de una economía.

La lección de Marshall no debe pasar inadvertida en nuestro país, y mucho menos en los momentos que estamos viviendo. Para nadie es un secreto que el FMLN tiene como objetivo destruir la democracia en el país para instalar un régimen similar al que existe en Cuba, en donde uno (Fidel Castro) es libre y todos los demás son esclavos, y en donde la dignidad individual se considera un concepto burgués y anticuado.

Hasta ahora, la ciudadanía ha esperado que la defensa contra esta amenaza provenga de las ramas Ejecutiva y Legislativa. Pero la defensa última, la que define la validez de los derechos individuales en el país, debe provenir de una Corte Suprema de Justicia independiente, inteligente y proba, y de una Sala de lo Constitucional casada con el derecho y la justicia. En la medida en la que tengamos una Sala así, podremos estar seguros de que habrá seguridad jurídica en el país.

Las sentencias que la Sala de lo Constitucional emitió con respecto a las leyes electorales del país son un avance en esta dirección. Si la Sala continúa en este rumbo, tomando decisiones apegadas a derecho, aunque no les gusten a muchos poderosos, sus sentencias se irán convirtiendo en la base de la democracia salvadoreña. De pasada se convertirán también en los incentivos más poderosos para la inversión en el país.

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