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2010/09/30

Co Latino-El deber moral de informar con responsabilidad | 30 de Septiembre de 2010 | DiarioCoLatino.com - Más de un Siglo de Credibilidad

Salvador Ventura.30 Septiembre. Tomado de Diario Co Latino.

Los directores y propietarios de los medios de difusión en este país han puesto “el grito en
el cielo” porque la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional el inciso 3° del Art. 191 del Código Penal que permitía el atropello a la intimidad y al honor de las personas por parte de la prensa, violando con ello el principio de igualdad consagrado en los artículos 2 y 6 de la Constitución de la República.
Más allá de rectificar un “derecho a la impunidad”, la Corte Suprema de Justicia envía un llamado a los medios de difusión a proceder con ética y moralidad y dejar a un lado esa manía de actuar como partidos políticos y dictar las reglas de juego en la sociedad. Si bien es cierto que la base del problema de la responsabilidad de los periodistas, es la libertad, ésta no explica el crecimiento moderno de las obligaciones morales de los hombres de prensa, porque ésta no aumenta proporcionalmente a su responsabilidad.
En otras palabras, la Corte Suprema de Justicia, ha dicho: todo acto público, sobre todo tratándose de la libertad de expresión, engendra responsabilidad y si ésta no se respeta y viola normas y principios morales, con respecto a terceras personas, debe someterse a una sanción jurídica. Si el Diario de Hoy, por medio de uno de sus periodistas, calumnia y distorsiona un hecho, debe responder tanto particular como institucionalmente porque así lo estipula el Código Penal y no tiene impunidad alguna para ofender la intimidad o la moral de las personas.
Este diario, por ejemplo, siempre ha sido enemigo de los sindicatos; pero cuando se trató de atacar a la alcaldesa de San Salvador, Violeta Menjívar, no dudó en ningún momento en utilizar como “fuente” responsable a sindicalistas de la municipalidad; lo mismo distorsionar informaciones para favorecer la candidatura del actual alcalde Norman Quijano. Ustedes recordarán, por ejemplo, cuando se prestó a “informar” sobre una bandera de El Salvador colocada en el redondel Masferrer y que supuestamente había sido arriada por miembros del FMLN, cuando en un acto bochornoso se sabía que el hecho fue cometido por los mismos militantes del partido ARENA, simplemente para “provocar” un acto noticioso y acusar al partido de izquierda de “atentar contra los símbolos patrios”. De estos casos, hay muchos pues este periódico obedece a una determinada agenda política y responde a los intereses de los grupos económicamente poderosos del país.
No es ningún secreto que el periodista es más responsable que los demás asalariados de una sociedad, por su calidad de hombre de pluma que le da una libertad particular; pero desde hace tiempo, el derecho de prensa admite dos clases de responsabilidad jurídica: la responsabilidad penal y la civil. La primera es la más grave, y permite a un tribunal de represión, a un juez correccional o a una corte superior, condenar a prisión o multar a un periodista, a un editor o un director que ha ultrajado al Jefe de Estado, ha traicionado los secretos de la defensa nacional o ha cometido alguna difamación grave. Esta responsabilidad penal supone que el periodista haya obrado intencionalmente y que sus faltas caigan bajo la competencia de esta ley de la prensa.
La responsabilidad civil, puede combinarse con la penal o puede existir por sí sola. Consiste en el derecho que tiene la víctima (caso del señor Roberto Bukele, difamado y acusado reiteradamente por el Diario de Hoy de atentar contra la salud de las personas “por vender productos alimenticios en mal estado”) ofendida por un periodista, a obtener la reparación en dinero, bajo la forma de daños y perjuicios, por medio de un tribunal civil o de uno de represión. Esta es la aplicación de una antigua ley romana “Est legitima culpa venit”, la falta por más leve entra en consideración para comprometer la responsabilidad civil. Un periodista puede ser condenado a pagar daños y perjuicios, aun si ha cometido una falta involuntaria, por imprudencia o negligencia, si la víctima prueba que ha sufrido un daño económico considerable o ha sido ofendido en su intimidad. Luego, la teoría clásica de la responsabilidad demuestra que mientras más libre es la persona, mayor es la responsabilidad y a esto se puede añadir que mientras más responsable es, más noble es, porque la responsabilidad es una forma de nobleza. La responsabilidad es uno de los títulos necesarios para ser hombre de alta calidad moral.

El deber moral de informar con responsabilidad | 30 de Septiembre de 2010 | DiarioCoLatino.com - Más de un Siglo de Credibilidad

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