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2010/09/28

RAICES - Jugamos como caballeros o como lo que somos-Periodismo Alternativo desde El Salvador

 Juan Grande.28 de Septiembre. Tomado de Raices.

El ex presidente de la Corte Suprema de Justicia ha justificado (publicación de El Faro sep/19/2010) embolsarse los $ 28 mil por haber “renunciado” a su cargo a “horas” de que finalizara su periodo, a fin de aprovechar la “bonificación por retiro voluntario” que gozan los jueces. Fue un acto legal declara el ex funcionario, y cuestiona: "¿Iba a dejar de disfrutar el bono porque se iba a dar a una interpretación?"

Aparte que ha sido una práctica común en el pasado.

Indudablemente habría que discutir si se produjo un retiro y si de existir el retiro este puede calificarse de voluntario. La información disponible indica que lo único que se produjo fue un “retiro cuatrero”… según se denomina en el caliche del empleado público, vale decir, el de rigor en la práctica religiosa al final de la jornada de trabajo: 4:00 pm en punto (el último día). Que si consideramos no fue bajo intervención de fuerza externa (policial o de guardias de seguridad) podríamos llamarlo voluntario, pero cuyas circunstancias, su contexto, en nada se parecen a lo estipulado en la legislación de retiro voluntario y bonificación para los jueces y la pretensión, móvil o motivación de su existencia.

¿Retiro voluntario a poco tiempo de finalizar forzosamente el mandato? ¿No es sinónimo o equivalente a vulgar herejía jurídica?

Sin embargo, como cortesía ¿inmerecida?, hagamos algunas reflexiones para ver si los olmos producen peras. Como todo cargo público, igual que en una deuda, existen derechos y responsabilidades. El derecho a liberarse (renunciar) de la responsabilidad (ejercicio del cargo / pago de deuda) no se concreta si no es aceptado por el otorgante: bajo mutuo consentimiento, excepto que haya normativa que valide decisiones discrecionales de una sola de las partes sin contar con la otra. Entonces, el primer asunto a dilucidar es si la tal “renuncia” fue legal, lo que significa al menos conocer si ésta completó el proceso respectivo, el cauce tradicional. Así surgen inmediatamente por sentido común las siguientes interrogantes:
• ¿A quién presentaron la renuncia los magistrados?
• ¿Se conocieron las renuncias, evaluándose si existía causa justificada?
• ¿Si a los magistrados renunciantes se les aceptó la renuncia?

Obviamente no es suficiente redactar y firmar una carta de renunciante, si no tiene destinatario, es recibida y luego ésta es aceptada. Y de proceder tal aceptación no podría ser instantánea mucho menos automática. Peor si es para darle paso a una barrabasada que por más atractivo de 28 mil dólar-razones para los solicitantes, no son suficientes para “convencer”, animar a la contraparte, quien representa a la ciudadanía, sin mencionar si quiera su deber imperativo a ser celosos en la autorización de gastos con recursos públicos. La prudencia indica que este falso y truculento acto no cumplió los requisitos mínimos mencionados. Sería altamente sospechoso de complicidad por actuación fraudulenta que alguien (individuo o colectivo) diera curso a tal renuncia y apareciera suscribiendo su aceptación en las condiciones conocidas y sabiendo de antemano la “zancadilla” jurídica en juego.

Lo contrario sería un fenómeno competidor con las peripecias del honorable Cantinflas. Unicamente factible en un país subdesarrollado y con un proceso de desarrollo democrático decrépito, en el que los payasitos dan vía y los policías dan risa (etapa superada) y… No, por favor, no en El Salvador, cuyo pueblo ha encarado tantos sacrificios en aras del progreso. La sociedad salvadoreña merece algo mejor.

Se sabe que para un policía el arma que le asigna la institución es un medio legal para el desempeño de sus labores, siempre y cuando su utilización cumpla con los requisitos respectivos de uso. En consecuencia, si hubiese incumplimiento o insatisfacción en la normativa reglamentaria el uso de tal arma vendría a ser ilegal y sujeto a sanciones. El arma no sería ilegal sino el uso. En nuestro caso, el régimen de retiro voluntario aludido es legal, pero el quid radica en cómo se usa: se aprovecha legítimamente o desvergonzadamente se viola su espíritu.

Nosotros los ciudadanos comunes y corrientes, tenemos el derecho a que se nos acepte equivocarnos en el uso impropio de expresiones para referirnos a hechos, máxime si son vocablos técnico-jurídicos. Pero para el profesional del derecho, ya no se diga si hubiese ostentado el cargo de Presidente de la Corte Suprema de Justicia, y por nueve años, resulta penoso, luctuoso, la amañada utilización de términos equivalentes a un “slam” judicial, con el agravante de ser nada inocentes.

Este ha sido el caso que representa la declaración del ex presidente de la Corte Suprema, publicada en el faro.net, quien llama bonificación al cheque que se auto recetaron los magistrados salientes por renunciar a pocas horas  (48, 72,  cien, etc.) de que terminara forzosamente, caducara, gracias a Dios, su mandato.

Y por lo que manifiesta el ex presidente de la Corte, la calificación de no ética de sus últimas actuaciones, es cuestión de interpretación. ¿Relativización absoluta? Con tal percepción se da paso a la falsa doctrina de que los hechos son lo que son o no lo son según se interpreten, incluso con mucha ligereza y desfachatez. Por ello diría un delincuente “común” no hay robo sino cambio de propietario al asaltar, lo que literalmente sin mayores razonamientos es “correcto” y ¿legal?”.  El asesino dirá que no ha matado sino ayudado anticipar al viaje celestial al que pierde la vida por su medio. Pero: ¿Al delincuente aludido le fue autorizado el cambio de propiedad por parte del perjudicado? ¿El fallecido solicitó/autorizó que se le quitara la vida?

Tanta muerte provocaría  el policía al disparar su arma en el cumplimiento del deber como el del asesino al despojar al policía de su arma y disparar al policía convirtiéndolo en su víctima. La diferencia entonces se encuentra obviamente en el móvil. ¿Las renuncias de los magistrados tendrían un móvil aceptable, o significan un simple, horripilante, deplorable, corrupto, patético acto justificativo de robo aprovechando un medio legal? Claramente resulta una atroz y burda usurpación de figuras de retiro laboral que otorgan beneficios monetarios.

Que se hiciera en el pasado y a escondidas del conocimiento público no lo convierte en justificativo de repetición. De lo contrario, daríamos al delincuente fuerza para justificar sus delitos en razón de que otros ya los cometieron en el pasado ¿Y QUE?

De sabios es corregir, y de personas honestas rectificar. Al menos la ciudadanía espera se devuelva estos fondos ilegal y anti éticamente apropiados. Hay mucha pobreza y exceso de necesidades insatisfechas en el país, que demandan tales fondos. En guerra avisada no hay bajas dice el dicho. De necios sería para otros repetir estos ERROR-HORRORES.

Aun en y/o desde el fango, la devolución voluntaria sería una lección histórica. ¿Qué dice la fiscalía sobre este bochornoso acto? Su intervención facilitaría que los ex funcionarios usurpadores de beneficios aceleren la toma de conciencia para regresar lo indebido.

Frente a los problemas en los corrillos populares se dice que si no se acompaña la solución se es parte del problema. ¿Qué opina el Sr. Presidente de la República?

Los argumentos justificantes por los autores auto favorecidos de estos nefastos beneficios, hacen recordar uno de los diálogos de Cantinflas con sus pares diplomáticos en una de sus películas: “Jugamos como caballeros o como lo que somos”.  Y aquí sí podría tener razón la tesis de Fukuyama (“el fin de las ideologías”) pues no es problema de ideologías, ni de percepciones políticas, sino escasez de elemental honestidad.

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